Mediante la implementación de estrategias para la disminución de los costos de formalización y el aumento de beneficios para las pequeñas empresas y con la finalidad de incentivar la formalización y la generación del empleo, el Estado Colombiano puso en vigencia el pasado 29 de diciembre de 2010, la Ley 1429, más conocida como “Ley de formalización y generación de empleo”.
Mediante la implementación de estrategias para la disminución de los costos de formalización y el aumento de beneficios para las pequeñas empresas y con la finalidad de incentivar la formalización y la generación del empleo, el Estado Colombiano puso en vigencia el pasado 29 de diciembre de 2010, la Ley 1429, más conocida como “Ley de formalización y generación de empleo”.
Esta normatividad indicó en sus artículos 4, 5, 6 y 7 los beneficios a los que podrán acceder las pequeñas empresas que se acojan a la Ley, dependiendo del departamento donde estas funcionen y realicen su registro mercantil. Los beneficios son:
BeneficioEmpresas de Amazonas, Guainía y VaupésEmpresas de todos los demás departamentos
Años de beneficio | 10 años | 5 años |
Progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y su complementario de ganancia ocasional | Año 1 – 8: 0%
Año 9: 50% Año 10: 75% Año 11: 100% |
Año 1 y 2: 0%
Año 3: 25% Año 4: 50% Año 5: 75% |
Progresividad en el pago de los parafiscales y otras contribuciones de nómina | Año 1 – 8: 0%
Año 9: 50% Año 10: 75% Año 11: 100% |
Año 1 y 2: 0%
Año 3: 25% Año 4: 50% Año 5: 75% |
Progresividad en el pago del impuesto de industria y comercio y otros impuestos | A julio de 2014 ningún departamento ni municipio aprobó beneficios en materia de impuestos territoriales | |
Progresividad en la matrícula mercantil y su renovación. | Año 1: 0%
Año 2: 50% Año 3: 75% Año 4: 100% |