El auxilio de transporte es aquella prestación especial a favor del trabajador que tenga un salario igual o inferior a 2 salarios mínimos y que necesite desplazarse a su sitio de trabajo. Es decir, dicho auxilio es una ayuda económica destinada para el pago de movilización del trabajador.
El auxilio de transporte es aquella prestación especial a favor del trabajador que tenga un salario igual o inferior a 2 salarios mínimos y que necesite desplazarse a su sitio de trabajo. Es decir, dicho auxilio es una ayuda económica destinada para el pago de movilización del trabajador.
¿Qué conceptos salariales son base para determinar si un empleado tiene o no auxilio de transporte?
El artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– indica que no solo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, por ejemplo: primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.
Siempre que el trabajador devengue más de 2 salarios mínimos el empleador no debe asumir el pago del auxilio de transporte; si por algún motivo al trabajador le cambia su salario y este queda igual o inferior a 2 salarios míninos, automáticamente el empleador debe pagar el auxilio de transporte.
Cabe recordar que es obligación del empleador asumir el pago del auxilio de transporte, siempre que su trabajador tenga un salario igual o inferior a 2 salarios mínimos; por tanto, al ser una prestación obligatoria, no requiere que el trabajador la solicite.
¿Cómo se debe pagar el auxilio de transporte cuando hay vacaciones?
La finalidad del auxilio de transporte es ayudar económicamente al trabajador que devengue igual o menos de 2 salarios mínimos en lo concerniente a movilidad y gastos de transporte; por tanto, al estar en vacaciones, este no necesitará desplazarse hasta el sitio de trabajo, de tal manera que el empleador no debe asumir el pago del auxilio.
Existen 2 condiciones para el pago del auxilio de transporte: la primera, es que el trabajador devengue igual o menos de 2 salarios mínimos; la segunda, que este tenga la necesidad de desplazarse hasta su lugar de trabajo. Por tanto, si el trabajador no requiere el pago del auxilio de transporte, el empleador no se encuentra obligado a pagarlo así devengue menos de 2 salarios mínimos.
¿Las horas extras forman parte de la base para la liquidación del auxilio de transporte?
Para que a un trabajador se le deba pagar auxilio de transporte es necesario que devengue menos o igual a 2 salaros mínimos; ahora bien, recordemos que el artículo 127 del CST expone los elementos que constituyen el salario y en estos señala que también es salario el pago realizado por trabajo suplementario o de las horas extras. Por tanto, si al sumar salario fijo y horas extras el trabajador devenga más de 2 salarios mínimos, el empleador no debe pagarle el auxilio de transporte.
Durante incapacidades y licencias –sean remuneradas o no–, ¿se debe pagar el auxilio de transporte?
Si bien el vínculo laboral no se suspende durante las licencias o incapacidades, el empleador no está obligado a asumir el pago del auxilio de transporte, ya que el trabajador no se está desplazando hacia el sitio de trabajo y, por tanto, no requiere de dicho auxilio.
Si la empresa voluntariamente o por error realiza el pago del auxilio de transporte, no pueden solicitarle al trabajador la devolución del dinero.
El valor pagado por concepto de auxilio de transporte debe computarse como factor salarial para la liquidación de prestaciones sociales (prima y cesantías).
Un empleado trabaja medio tiempo, ¿tiene derecho al auxilio de transporte?
Sin importar el tiempo laborado, un trabajador tiene derecho a recibir el auxilio de transporte siempre que devengue igual o menos de 2 salarios mínimos y tenga la necesidad de desplazarse.