Para la información exógena del 2015, los reportantes deberán suministrar la información de las cuenta por cobrar a 31 de diciembre del 2015, tanto de los terceros ubicados en Colombia como en el exterior, cuyos saldos sean iguales o superiores a $1.000.000. En caso de que el saldo total de las cuentas por cobrar iguale o supere los $100.000.000, se deberán reportar cada uno de los deudores con saldos acumulados mayores o iguales a $500.000.
Para la información exógena del 2015, los reportantes deberán suministrar la información de las cuentas por cobrar al 31 de diciembre del 2015, tanto de los terceros ubicados en Colombia como en el exterior, cuyos saldos sean iguales o superiores a $1.000.000. En caso de que el saldo total de las cuentas por cobrar iguale o supere $100.000.000, se deberán reportar cada uno de los deudores con saldos acumulados mayores o iguales a $500.000.