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Concepto 021693 de 18-10-2017

Respecto a las sanciones por no enviar información o enviarla con errores, la Dian señala que si no se informó o se informó de manera extemporánea o errónea una serie de  datos, de los cuales alguno comprende a los otros, se deberá liquidar la sanción de que trata el artículo 651 del ET, únicamente sobre la suma que contengan a las demás.

Fecha de publicación: 18 de octubre de 2017
Concepto 021693 de 18-10-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN
Concepto 021693
Octubre 18 de 2017

Respecto a las sanciones por no enviar información o enviarla con errores, la Dian señala que si no se informó o se informó de manera extemporánea o errónea una serie de  datos, de los cuales alguno comprende a los otros, se deberá liquidar la sanción de que trata el artículo 651 del ET, únicamente sobre la suma que contengan a las demás.

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