Trámite para realizar el registro sindical ante el Ministerio del Trabajo
Se dice que se va a hacer un registro sindical cuando lo que se busca es inscribir ante el Ministerio de Trabajo una nueva organización sindical, procedimiento que se encuentra avalado tanto por el Código Sustantivo del Trabajo como por la Corte Constitucional.
Fecha de publicación:
29 de enero de 2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Se dice que se va a hacer un registro sindical cuando lo que se busca es inscribir ante el Ministerio de Trabajo una nueva organización sindical, procedimiento que se encuentra avalado tanto por el Código Sustantivo del Trabajo como por la Corte Constitucional.
La Sentencia C-734/08 de la Corte Constitucional habla sobre el derecho de asociación sindical en nuestro país y define el registro sindical como la inscripción del sindicato con fines publicitarios, seguridad y como prueba de su existencia.
«Las organizaciones sindicales adquieren personería jurídica desde su fundación, a partir de la fecha de la asamblea de constitución. La exigencia de inscripción del acta de constitución de un sindicato ante el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social -hoy, Ministerio del Trabajo- para que pueda actuar como tal solo tiene la finalidad de publicidad, sin que implique control alguno por parte del Ministerio, respetando la no injerencia del Estado en el derecho de constituir una organización sindical, estipulado en el artículo 39 de la Carta Política.»
Copia del acta de constitución del sindicato suscrita por los asistentes, en la cual se deben indicar sus nombres, números de documentos de identidad, actividad que ejercen y que los vincula, nombre y objeto de la asociación.
Los documentos deben entregarse en las inspecciones del trabajo o direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo, según el municipio donde vaya a quedar el domicilio del sindicato.
¿Qué contiene el acta de constitución de la nueva organización sindical?
Información de la nueva organización sindical: nombre, sigla, correo electrónico, dirección, teléfono, departamento, municipio, fecha de constitución, número de personas asistentes a la asamblea de constitución, grado de sindicato, clasificación del sindicato. De igual forma, se le preguntará si está afiliado a una federación y/o confederación, el nombre de esta, fecha de registro y el número de registro.
Información de las empresas a las cuales se encuentran afiliadas las personas que conforman la organización sindical: tipo de identificación de la empresa, número de identificación, nombre de la empresa, departamento, municipio, correo electrónico de la empresa, dirección de esta, teléfonos, y la información adicional que se le exija.
Inscripción de afiliados a la nueva organización sindical: nombres, apellidos, tipo de documento, número de documento, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, entre otros.
Inscripción de integrantes de la junta directiva: nombres, apellidos, tipo y número de documento, cargo (tanto para principal como suplentes).
Inscripción de integrantes del comité ejecutivo: nombres, apellidos, tipo y número de documento, cargo (tanto para principal como suplentes).
Información de quien realiza el registro: nombres, apellidos, documento de identificación, correo electrónico, dirección, cargo, entre otros.
Documentos que se deben anexar junto con el acta de constitución
Copia del acta de constitución (artículo 361 CST): nombre y objeto de la asociación, nombres de todos los asistentes, con indicación del documento de identidad, actividad que ejercen y que los vincule.
Copia del acta de elección de la junta directiva (artículo 365 CST): suscrita por los asistentes, con indicación del documento de identidad.
Copia del acta de asamblea en que fueron aprobados los estatutos.
Un (1) ejemplar de los estatutos del sindicato autenticados por el secretario.
Nómina de la junta directiva y documento de identidad.
Nómina completa del personal de afiliados firmada con su correspondiente documento de identidad.