Según lo planteado por la Dian, para que los aportes a los fondos de pensiones de una persona que ya se encuentra jubilada puedan ser tratados como renta exenta, deberán permanecer en el fondo durante el tiempo mínimo que establece la ley o, en su defecto, retirarlos para la adquisición de vivienda.
DIAN
Concepto 3706
Febrero 13 de 2018
Según lo planteado por la Dian, para que los aportes a los fondos de pensiones de una persona que ya se encuentra jubilada puedan ser tratados como renta exenta, deberán permanecer en el fondo durante el tiempo mínimo que establece la ley o, en su defecto, retirarlos para la adquisición de vivienda.