Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Un empleado puede solicitar las cesantías para arreglar la casa de sus padres bajo el argumento de que aún vive con ellos?, ¿qué requisitos deben evaluarse en este caso?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Un empleado puede solicitar las cesantías para arreglar la casa de sus padres bajo el argumento de que aún vive con ellos?, ¿qué requisitos deben evaluarse en este caso?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, aclara que las cesantías hacen parte de los pagos que conforman las prestaciones sociales, pago que corresponden a un mes de salario una vez se haya prestado un año de servicio y la vinculación a la empresa de la persona haya sido generado a través de un contrato de trabajo.
Dicha prestación debe ser liquidada con corte al 31 de diciembre de cada año y consignada en el fondo elegido por el empleado a más tardar el 14 de febrero del siguiente, porque de lo contrario el empleador deberá incurrir en pagos por moras.
Adicionalmente, se precisa que las cesantías pueden ser retiradas solo en ciertos casos, ejemplo, compra o mejoras de vivienda, pagos de estudio, entre otros, pero estos recursos aplican si el bien está a nombre de quien tiene el derecho a reclamar las cesantías o a nombre del cónyuge, por tal razón no podrán ser retiradas para la mejora de vivienda de los padres.