Mediante la presente resolución de la Superintendencia de Notariado y Registro se modificará lo establecido en el parágrafo 6 del artículo 1, ya que se omite mencionar algunos actos que son sujetos a la tarifa de que trata. El parágrafo 6 quedaría así: “Para el cálculo total de los derechos de registro a pagar por parte del usuario, luego de aplicados los valores que correspondan según el caso, se cobrará además una tarifa de dos por ciento 2 % del valor total de los actos de la liquidación del documento, por concepto de sistematización y conservación documental”.
Estos valores, que serán aplicados en las oficinas de registro de instrumentos públicos, regirán a partir del 2 de mayo.
Superintendencia de Notariado y Registro
Resolución 3177
Marzo 26 de 2018
Mediante la presente resolución se modifica el parágrafo 6 del artículo 1 de la Resolución 2854 de 2018 en lo referente a las tarifas para trámites registrales.