La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales, según el Código de comercio, no es un acto mercantil. Por ende, no se ve obligado a llevar contabilidad. Entiéndase por profesión liberal, toda actividad en la cual predomina el ejercicio del intelecto.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 229
Marzo 13 de 2018
La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales, según el Código de comercio, no es un acto mercantil. Por ende, no se ve obligado a llevar contabilidad. Entiéndase por profesión liberal, toda actividad en la cual predomina el ejercicio del intelecto.