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“Al contratista toca solicitarle la planilla de aportes a la Seguridad Social”

Se hace un recorrido por las normas que han regulado los aportes a seguridad social de trabajadores independientes, por prestación de servicios, trabajadores por cuenta propia y rentistas de capital, partiendo de la Ley 100 de 1993 hasta el efectivo cumplimiento de dicha obligación.

Fecha de publicación: 26 de febrero de 2018
“Al contratista toca solicitarle la planilla de aportes a la Seguridad Social”
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Se hace un recorrido por las normas que han regulado los aportes a seguridad social de trabajadores independientes, por prestación de servicios, trabajadores por cuenta propia y rentistas de capital, partiendo de la Ley 100 de 1993 hasta el efectivo cumplimiento de dicha obligación. 

El conferencista se refiere a la afiliación al Sistema General de Pensiones que es obligatoria tanto para trabajadores dependientes como independientes de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 3 de la Ley 797 de 2003. 

Por otra parte, habla respecto a la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, que es de carácter obligatorio tal y como lo prevé el artículo 157 de la Ley 100 de 1993 que establece que todo colombiano participará en el servicio público esencial de salud, unos en condición de afiliados al régimen contributivo o subsidiado y otros en forma temporal como participantes vinculados. 

Obligación de los contratos de prestación de servicios 

Posteriormente el artículo 4 de la Ley 797 de 2003, que modifica el artículo 17 de la Ley 100 de 1993, dispuso que durante la vigencia de la relación laboral y del contrato de prestación de servicios, deben efectuarse las cotizaciones obligatorias a los regímenes del sistema general de pensiones por parte de los afiliados, empleadores y contratistas, con base en el salario o ingresos por prestación de servicios que aquellos devenguen. 

Cotización a ARL 

El Decreto 723 de 2013 estableció las reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y pago de aportes en el Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo. 

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