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Concepto 4217 de 20-02-2018

Después de clasificarse arancelariamente el aceite, se debe proceder a evaluar si se encuentra o no incluido en los bienes expuestos en los artículos 424, 468-1 y 477 del ET; de no estar incluida su venta en el país estará gravada a la tarifa general de 19%.

Fecha de publicación: 20 de febrero de 2018
Concepto 4217 de 20-02-2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN
Concepto 4217
Febrero 02 de 2018

Después de clasificarse arancelariamente el aceite, se debe proceder a evaluar si se encuentra o no incluido en los bienes expuestos en los artículos 424, 468-1 y 477 del ET; de no estar incluida su venta en el país estará gravada a la tarifa general de 19%.

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