El CTCP señala que el revisor fiscal, de cualquier tipo de sociedad perteneciente al grupo 1, debe aplicar de manera obligatoria las normas internacionales de auditoría (NAI) y las normas internacionales de contratos de aseguramiento (NICA), específicamente la NICA 3000, contenida en el anexo 4 del Decreto 2420 de 2015.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 139
Febrero 15 de 2018
El CTCP señala que el revisor fiscal, de cualquier tipo de sociedad perteneciente al grupo 1, debe aplicar de manera obligatoria las normas internacionales de auditoría (NAI) y las normas internacionales de contratos de aseguramiento (NICA), específicamente la NICA 3000, contenida en el anexo 4 del Decreto 2420 de 2015.