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Contrato de compraventa con pacto de retroventa no es documento equivalente a la factura

La Dian, en su Concepto 34 del 24 de enero de 2018, confirma que un contrato de compraventa con pacto de retroventa no está establecido como equivalente a factura.

Fecha de publicación: 14 de marzo de 2018
Contrato de compraventa con pacto de retroventa no es documento equivalente a la factura
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Dian, en su Concepto 34 del 24 de enero de 2018, confirma que un contrato de compraventa con pacto de retroventa no está establecido como equivalente a factura.

El contrato de compraventa con pacto de retroventa realizado entre una compraventa (régimen común) y una persona natural sin RUT no está dentro de los documentos establecidos como equivalentes a factura, los cuales, según lo previsto por el artículo 1.6.1.4.24 del Decreto 1625 del 2016, son los tiquetes de máquina registradora, las boletas de ingreso a espectáculos públicos.

De igual forma, los tiquetes de transporte de pasajeros, recibos de pago de matrículas y pensiones emitidos por establecimientos de educación, pólizas de seguros, títulos de capitalización, tiquetes de transporte aéreo y la factura electrónica, entre otros.