La Dian reitera que las producciones de cine y televisión que se difundan desde Colombia no son beneficiarias de la exención de IVA consagrada en el artículo 481 del ET.
DIAN
Concepto 000298
Marzo 06 de 2018
La Dian reitera que las producciones de cine y televisión que se difundan desde Colombia no son beneficiarias de la exención de IVA consagrada en el artículo 481 del ET.