El registro, custodia y revisión de diferentes soportes y comprobantes contables sigue siendo una exigencia en Colombia; las notas débito y crédito hacen parte de los comprobantes que son usados para justificar ajustes a las cuentas con terceros. En este editorial explicamos su naturaleza.
El registro, custodia y revisión de diferentes soportes y comprobantes contables sigue siendo una exigencia en Colombia; las notas débito y crédito hacen parte de los comprobantes que son usados para justificar ajustes a las cuentas con terceros. En este editorial explicamos su naturaleza.
En Colombia existe la exigencia de llevar una contabilidad documentada a través de soportes y comprobantes de origen externo o interno, esta exigencia se convierte en una herramienta que permite que los entes de supervisión realicen una verificación eficaz de la información financiera (ver artículos 123 a 127, y 133 a 135 del Decreto 2649 de 1993). Para evidenciar que la empresa cumple con ese requerimiento, generalmente se asigna la labor de registro, control o revisión a los profesionales contables, es decir, a los contadores, asesores, auditores o revisores fiscales.
Entre los documentos que sirven de soporte contable se encuentran las notas débito y crédito, notas que sirven como comprobantes contables y que se realizan para justificar el ajuste de una cuenta con terceros; estas pueden generarse, por ejemplo, por devolución de mercancía, cobro de intereses o corrección de saldos (ya sea porque se pactó un valor menor o mayor), situaciones originadas a favor de la entidad o a favor de terceros.
Respecto a lo anterior, surgen entonces las siguientes preguntas: ¿cómo se contabilizan notas débito y crédito, tanto de clientes como de proveedores?, ¿cómo aplica cada una de estas notas para clientes y proveedores?, ¿cómo se identifica la naturaleza de la nota débito o crédito?
Las siguientes son algunas posibles respuestas:
Aunque la relación entre la naturaleza de las notas crédito y débito para clientes o proveedores es muy sencilla, suelen presentarse confusiones al momento de realizar conciliaciones bancarias. El contador debe estar atento a que en los estados de cuenta o extractos de las entidades financieras se presentan notas débito o crédito que responden a la naturaleza de dichas notas para la entidad financiera, pero dicho manejo de la entidad financiera es diferente para la empresa. Vale la pena anotar que una nota débito vendría a ser un derecho o un beneficio para quien lo emite y una obligación o un egreso para la entidad que lo recibe.
Los nuevos marcos técnicos normativos no se refieren a la documentación de las operaciones, ni establecen de manera específica qué documento debe ser llevado como soporte de una determinada transacción (razón por la cual siguen vigentes los lineamientos del Decreto 2649 de 1993 en cuanto a los libros y soportes contables); los Estándares Internacionales entregan una serie de lineamientos para el reconocimiento, medición, presentación y revelación de los hechos económicos en los estados financieros.
La entidad debe tomar la decisión de cómo documentar el registro de sus operaciones, incluso utilizando los mismos documentos que usaba antes del proceso de convergencia, el objetivo es que dichos documentos sean verificables y comprensibles. De hecho, si hay una situación que requiera un documento específico, la entidad puede generarlo, por ejemplo, para soportar cambios de políticas contables o corrección de errores.