En el artículo 37 de la Ley 222 de 1995, se encuentran establecidas las condiciones para que los estados financieros puedan ser entendidos como certificados. Dichos estados financieros deben estar firmados por el representante legal y el contador público.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 388
Abril 30 de 2018
En el artículo 37 de la Ley 222 de 1995, se encuentran establecidas las condiciones para que los estados financieros puedan ser entendidos como certificados. Dichos estados financieros deben estar firmados por el representante legal y el contador público.