La escisión ocurre en una sociedad que se divide y parte de su patrimonio pasa a una o más sociedades, o cuando a partir de la sociedad escindida se forman otras. Con una reforma estatutaria se traspasa parte de los activos y pasivos en bloque a una o varias sociedades diferentes.
La escisión ocurre cuando una sociedad se divide y parte de su patrimonio pasa a una o varias sociedades, también puede presentarse cuando a partir de una sociedad escindida se forman otras sociedades. La escisión se lleva a cabo mediante una reforma estatutaria por medio de la cual una sociedad escindente traspasa parte de sus activos y/o pasivos en bloque a una o varias sociedades ya constituidas o a una o varias en constitución, llamadas beneficiarias.
El proyecto de escisión deberá ser aprobado por la junta de socios o asamblea general de accionistas de la sociedad que se escinde. Cuando en el proceso de escisión participen sociedades beneficiarias ya existentes se requerirá, además, la aprobación de la asamblea o junta de cada una de ellas. La decisión respectiva se adoptará con la mayoría prevista en la ley o en los estatutos para las reformas estatutarias.
El proyecto de escisión deberá contener por lo menos las siguientes especificaciones:
La escisión no puede ser utilizada para afectar los intereses de los acreedores de la sociedad que se pretende escindir, y es por ello que el artículo 6 de la Ley 222 de 1995 otorga el derecho a estos acreedores a solicitar garantías que respalden sus derechos en caso de no tenerlas con anterioridad.