Para que proceda la exención del impuesto sobre la renta de la utilidad obtenida en la primera enajenación de viviendas de interés social y/o de interés prioritario, deben cumplirse todos los requisitos establecidos en el artículo 235-2 del ET.
DIAN
Concepto 8248
Abril 04 de 2018
Para que proceda la exención del impuesto sobre la renta de la utilidad obtenida en la primera enajenación de viviendas de interés social y/o de interés prioritario, deben cumplirse todos los requisitos establecidos en el artículo 235-2 del ET.