Según los lineamientos del artículo 39 de la Ley 675 de 2001, la asamblea general se reunirá como mínimo una vez al año en la fecha pactada en el acuerdo o reglamento de la propiedad horizontal y dentro de los 3 meses siguientes al vencimiento de cada período presupuestal.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 269
Marzo 30 de 2018
Según los lineamientos del artículo 39 de la Ley 675 de 2001, la asamblea general se reunirá como mínimo una vez al año en la fecha pactada en el acuerdo o reglamento de la propiedad horizontal y dentro de los 3 meses siguientes al vencimiento de cada período presupuestal.