Mediante la presente sentencia, se estipula que el término para que la Dian resuelva los recursos de reconsideración o reposición es de un año; dentro de dicho término, se involucra su debida notificación. Cuando esta última se hace por fuera del tiempo previsto, el proceso puede ser considerado nulo.
Consejo de Estado
Sentencia 21550
Abril 05 de 2018
Mediante la presente sentencia, se estipula que el término para que la Dian resuelva los recursos de reconsideración o reposición es de un año; dentro de dicho término, se involucra su debida notificación. Cuando esta última se hace por fuera del tiempo previsto, el proceso puede ser considerado nulo.