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Concepto 311 de 12-04-2018

Los contadores públicos que hayan pertenecido al consejo de administración de una copropiedad, podrán postularse como revisores fiscales de la misma, una vez transcurridos 6 meses desde el momento en que haya culminado su labor en cualquier cargo en la copropiedad.

Fecha de publicación: 12 de abril de 2018
Concepto 311 de 12-04-2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Concepto 311

Abril 12 de 2018

Los contadores públicos que hayan pertenecido al consejo de administración de una copropiedad, podrán postularse como revisores fiscales de la misma, una vez transcurridos 6 meses desde el momento en que haya culminado su labor en cualquier cargo en la copropiedad.

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