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Obligación de solicitar el RUT para efectuar un pago por la prestación de un servicio

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Toda persona jurídica al momento de efectuar un pago bien sea por la prestación de un servicio o la compra de inventarios se encuentra obligada a solicitar el RUT al beneficiario del mismo? ¿Cuáles son las sanciones tributarias de no hacerlo?

Fecha de publicación: 13 de abril de 2018
Obligación de solicitar el RUT para efectuar un pago por la prestación de un servicio
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Toda persona jurídica al momento de efectuar un pago bien sea por la prestación de un servicio o la compra de inventarios se encuentra obligada a solicitar el RUT al beneficiario del mismo? ¿Cuáles son las sanciones tributarias de no hacerlo?

resuelta 1 de marzo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, explica que el RUT es un mecanismo que tiene como finalidad identificar y clasificar la calidad del contribuyente frente a la Dian respecto a las personas naturales y jurídicas.

Ahora bien, de acuerdo con lo establecido en el literal c del artículo 177-2 del Estatuto Tributario, se informa que cuando se realicen compras gravadas con IVA a personas naturales que argumentan estar en el régimen simplificado del IVA o el régimen simplificado del impuesto nacional al consumo se les debe exigir el RUT, situación que no aplica cuando las compras se realizan a una persona jurídica.