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Reclamación de pagos laborales después de firmada la liquidación por el trabajador

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si un empleado es citado por una empresa para que reclame el pago de su liquidación, pero esta, antes de efectuar el pago, le hace firmar un documento como constancia de que lo cancelado es correcto, ¿puede el empleado iniciar un proceso de demanda posteriormente?

Reclamación de pagos laborales después de firmada la liquidación por el trabajador
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si un empleado es citado por una empresa para que reclame el pago de su liquidación, pero esta, antes de efectuar el pago, le hace firmar un documento como constancia de que lo cancelado es correcto, ¿puede el empleado iniciar un proceso de demanda posteriormente?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que, cuando una persona finaliza el contrato de trabajo, nace para el empleador la obligación de efectuar la liquidación con los valores pendientes de pago por concepto por ejemplo de prestaciones sociales, salarios, auxilios, entre otros.

Ahora bien, si el trabajador recibe la liquidación por parte de la empresa, pero, posteriormente, se da cuenta de que esta no se efectuó de forma correcta, aunque haya firmado un documento de recibido puede dirigirse ante un juez laboral o directamente ante el Ministerio de Trabajo para la reclamar los pagos pendientes, generados en la relación de trabajo.