El CTCP reitera que las entidades que cuenten con menos de 10 trabajadores se clasifican en el grupo 3, como es el caso de la ESPD consultante, y deberán aplicar el marco de principios contenido en el anexo 3 del Decreto 2420 de 2015.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 555
Junio 20 de 2018
El CTCP reitera que las entidades que cuenten con menos de 10 trabajadores se clasifican en el grupo 3, como es el caso de la ESPD consultante, y deberán aplicar el marco de principios contenido en el anexo 3 del Decreto 2420 de 2015.