Un nuevo modelo societario ha sido creado en el país, el cual va más allá del fin lucrativo, estimula el emprendimiento y la equidad salarial de los trabajadores. Las empresas BIC tendrán compromisos adicionales de cuidado con el medio ambiente y beneficios para las comunidades donde operan.
Un nuevo modelo societario ha sido creado en el país, el cual va más allá del fin lucrativo, estimula el emprendimiento y la equidad salarial de los trabajadores. Las empresas BIC tendrán compromisos adicionales de cuidado con el medio ambiente y beneficios para las comunidades donde operan.
Mediante la Ley 1901 del 18 de junio de 2018 se crea un nuevo modelo empresarial en el país. Se trata de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo –BIC–, las cuales más allá de tener un fin lucrativo, cuentan con una vocación de interés común; lo que quiere decir que además de ser un negocio rentable para sus accionistas, buscan el bienestar de las comunidades en donde están instaladas, de sus trabajadores y del medio ambiente.
Con la ley se busca promover nuevos emprendimientos sustentados en el principio de la redistribución de la riqueza, el cual señala que la actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común.
De igual manera, la norma desarrolla el principio de «la libre competencia económica, como un derecho de todos que supone responsabilidades. La empresa como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial».
Durante la presentación de este nuevo modelo societario, el pasado 21 de junio, el superintendente de sociedades, Francisco Reyes Villamizar, dijo que se trata de una combinación simultánea entre las ventajas de la actividad mercantil, con la posibilidad de contribuir al medio ambiente, propender por el bienestar de los trabajadores y mejorar ciertas circunstancias que tienen que ver con el interés común.
Agregó que «la norma trae nuevas obligaciones para los administradores que, además de tener en cuenta los intereses de la sociedad y sus accionistas, puede contemplar también los de terceros y, en términos más generales, el interés colectivo. Todo ello tiene que reflejarse en un estándar independiente que se debe manifestar en informes anuales de gestión, que se deben presentar a consideración de los accionistas, donde se da cuenta del impacto que estas actividades de beneficio común han tenido en la comunidad donde opera la respectiva compañía».