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«Planilla N permite corregir datos de nómina, en algunos casos, sin pagar intereses»

Mediante la Resolución 3016 de 2017 se establecieron los casos en los cuales se podrá implementar la planilla N, cuya finalidad es posibilitar el acceso a la exoneración de intereses que estableció la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016, para los cotizantes omisos del sistema de seguridad social.

Fecha de publicación: 16 de julio de 2018
«Planilla N permite corregir datos de nómina, en algunos casos, sin pagar intereses»
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Mediante la Resolución 3016 de 2017 se establecieron los casos en los cuales se podrá implementar la planilla N, cuya finalidad es posibilitar el acceso a la exoneración de intereses que estableció la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016, para los cotizantes omisos del sistema de seguridad social.

Existen diferentes tipos de planilla, por medio de las cuales se hace la liquidación y pago de los aportes a la seguridad social. Estas se dividen en dos tipos: planillas de activos y planillas para pensionados.  

Entre las planillas de activos se encuentra la tipo N, la cual permite realizar el pago de períodos ya cancelados y en los cuales se desea corregir o ajustar algún dato, ya sea tarifas, IBC, salarios o días cotizados. Los ajustes introducidos a esta planilla se efectuaron principalmente con el fin de que aquellos que debieron estar afiliados y aportando al sistema de seguridad social integral y parafiscales, pero no lo hicieron, se acojan al beneficio de exoneración de intereses que estableció la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 en sus artículos 316, 317 y 318. 

Así las cosas, la planilla tipo N permite hacer todas las correcciones de las planillas (e) – Empleados empresas, independientes empresas, (i) – independientes, (y) – independientes empresas, independientes. 

Algunos de los ajustes hechos a las correcciones que se pueden realizar a través de la planilla en mención, según el artículo 2 de la Resolución 3016 de 2017, son:  

  • Corregir fecha de novedades (incapacidades, licencias de maternidad, incapacidades de riesgos laborales). Lo que hace la planilla N es permitir la realización del pago de estos aportes en el mes siguiente al que debieron liquidarse, sin pagar por esto intereses moratorios.
  • Corregir el tipo y subtipos de cotizante. 
  • Pagar de forma individual: salud, pensiones, riesgos, Sena, ICBF y caja de compensación.
  • Permite que un trabajador independiente, que no reportó la novedad de retiro en su planilla, lo haga dentro de los 5 primeros días hábiles en el mes siguiente.
  • En el sector público, permite que un empleador, que al terminar el contrato de trabajo haya pagado las vacaciones compensadas en dinero, y no haya hecho los correspondientes aportes a Sena, ICBF y caja de compensación, haga la cotización sin pagar intereses moratorios.
  • En el sector privado puede hacer lo mismo que en el punto anterior, salvo que sí debe pagar intereses moratorios.  

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*Si desea continuar su formación en este tema, puede acceder a la conferencia completa Cambios en las planillas de aportes según resoluciones 2388 y 5858 de 2016 y 0980, 1608 y 3016 de 2017, en nuestra plataforma de actualización permanente –PAP–. 

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