Con el Decreto 1273 de 2018, el Ministerio de Salud y Protección Social introdujo algunas modificaciones a la forma de cotización de los aportes al Sistema de seguridad social para trabajadores independientes, las cuales son de vital importancia para evitar problemas de evasión ante la UGPP.
Con el Decreto 1273 de 2018, el Ministerio de Salud y Protección Social introdujo algunas modificaciones a la forma de cotización de los aportes al Sistema de seguridad social para trabajadores independientes, las cuales son de vital importancia para evitar problemas de evasión ante la UGPP.
Las modificaciones realizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social al Decreto 780 de 2016 y al Decreto 1072 de 2015 (Decretos únicos reglamentarios del sector salud y protección social y del sector trabajo respectivamente), mediante el Decreto 1273 de 2018 establecen que, a partir de junio del año 2019, los contratantes deberán hacer las retenciones y pago de la seguridad social de los trabajadores independientes.
Igualmente, la norma en mención señala que a partir de octubre del presente año y hasta que se cumpla el respectivo plazo para los contratantes, los trabajadores independientes podrán realizar sus aportes al Sistema de seguridad social integral, mes vencido, y no de manera anticipada como lo establecía la anterior normatividad. De esta manera se contemplan nuevos lineamientos que deben ser atendidos y sobre los cuales la UGPP, como entidad encargada de regular la correcta liquidación de los aportes al Sistema de seguridad social en Colombia, ejercerá la respectiva supervisión.