El CTCP infiere que la inhabilidad referente al grado de consanguinidad únicamente se vería materializada en el caso de actuaciones como revisor fiscal, interventor de cuentas, o árbitro de controversia de orden contable.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 718
Septiembre 07 de 2018
El CTCP infiere que la inhabilidad referente al grado de consanguinidad únicamente se vería materializada en el caso de actuaciones como revisor fiscal, interventor de cuentas, o árbitro de controversia de orden contable.