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Propinas no podrán ser usadas para pago salarial

El 3 de agosto de 2018 el Congreso de Colombia decretó la Ley 1935, con la cual se reglamenta la naturaleza y destinación de las propinas en los restaurantes del país.

Fecha de publicación: 10 de agosto de 2018
Propinas no podrán ser usadas para pago salarial
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El 3 de agosto de 2018 el Congreso de Colombia decretó la Ley 1935, con la cual se reglamenta la naturaleza y destinación de las propinas en los restaurantes del país.

La Ley 1935 desarrolla el ámbito de aplicación que está dirigido a establecimientos de comercio dedicados a la prestación de servicios de consumo de alimentos, bebidas o espectáculos públicos. En ningún caso se puede superar el 10 % del valor del servicio prestado, y se hace énfasis en que la aceptación de la propina dependerá siempre y obligatoriamente de la voluntad del consumidor.

En cuanto a la factura establecida por la legislación tributaria, esta debe ser entregada antes de pagar para verificar los consumos cobrados, y la persona que atiende al cliente debe preguntarle, antes de imprimir, si desea incluir la propina voluntaria al servicio prestado.

Fuente: El Colombiano.