El Consejo Técnico de la Contaduría Pública concluye que la remoción del revisor fiscal es función privativa de la asamblea general de copropietarios o junta de socios, y no es delegable.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 640
Agosto de 14 de 2018
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública concluye que la remoción del revisor fiscal es función privativa de la asamblea general de copropietarios o junta de socios, y no es delegable.