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[La Norma] Seguridad social en pensiones para concejales

Art. 23 de la Ley 1551 de 2012, establece el derecho a la seguridad social en pensiones para los concejales, quienes deberán afiliarse a los Fondos Administradores de Pensiones en calidad de independientes y cancelar la totalidad de la cotización según la norma citada, salvo el subsidio para aquellos concejales que la ley los subsidia parcialmente.

Fecha de publicación: 7 de agosto de 2013
[La Norma] Seguridad social en pensiones para concejales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fuente: Concejales deben pagar seguridad social como independientes