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Pago de incapacidad médica cuando se ha emitido un concepto desfavorable de rehabilitación

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Qué entidad tiene la obligación de pagar la incapacidad de un trabajador cuando se ha emitido un concepto desfavorable de rehabilitación?

Pago de incapacidad médica cuando se ha emitido un concepto desfavorable de rehabilitación
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Qué entidad tiene la obligación de pagar la incapacidad de un trabajador cuando se ha emitido un concepto desfavorable de rehabilitación?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral menciona que los trabajadores vinculados a una empresa mediante un contrato laboral en ocasiones no asisten a su lugar de trabajo porque se encuentran incapacitados, situación que puede ser causada por una enfermedad de origen común o una enfermedad de carácter laboral. Conocer la anterior información resulta de vital importancia, porque de ello depende a quién le asiste la obligación de pagar las prestaciones económicas durante el período de incapacidad del trabajador.

Ahora bien, es muy importante conocer que, cuando se presenta una incapacidad de origen común por una duración de más de 120 días, la EPS tiene la obligación de emitir un concepto sobre las condiciones de salud del trabajador.

En ese sentido, si se emite un concepto desfavorable de rehabilitación respecto a las condiciones de salud del trabajador, se debe continuar con el trámite de la calificación de la pérdida de capacidad laboral para conocer si tiene derecho al pago de una indemnización o al pago de la pensión por invalidez.