Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Los contratos de prestación de servicios pueden ser finalizados de manera unilateral por parte de la entidad contratante sin que ello implique el pago de una sanción de carácter laboral?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Los contratos de prestación de servicios pueden ser finalizados de manera unilateral por parte de la entidad contratante sin que ello implique el pago de una sanción de carácter laboral?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral menciona que los contratos de prestación de servicios, por ser de carácter civil, no se encuentran cobijados por las disposiciones señaladas en el Código Sustantivo del Trabajo.
Es de anotar que, si el contratante logra demostrar que el contratista no cumplió las condiciones pactadas en la firma del contrato, este puede terminarse de manera unilateral, situación que no conlleva al pago de una indemnización laboral, toda vez que no obedece a una relación de carácter laboral.