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Circular Externa 20184440000215 de 21-09-2018

La presente circular va dirigida a los grupos de interés y la comunidad en general, aclarándoles el alcance y las competencias para consultores, asesores e investigadores acreditados por la entidad.
Por otra parte, en la presente se indica que las empresas de vigilancia, las cooperativas de vigilancia y seguridad privada con servicio conexo de consultoría, asesoría e investigación; las empresas consultoras, asesoras investigadoras de seguridad privada, a través de los administradores, contadores, y/o revisor fiscal deberán reportar a la superintendencia, si lo advierten, que se están efectuando prácticas por fuera del entorno legal. Lo anterior, so pena de dar traslado a la Junta Central de Contadores y la jurisdicción penal, de acuerdo con su competencia

Circular Externa 20184440000215 de 21-09-2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Circular Externa 20184440000215
Septiembre 21 de 2018

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada dio a conocer la Circular externa 20184440000215 de 2018, por la cual se aclaró el alcance y las competencias para consultores, asesores e investigadores acreditados por la entidad.

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