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«Bancarización es otra herramienta del comercio electrónico»

La bancarización es importante en el desenvolvimiento de la función del contador público, quien se encuentra totalmente vinculado a operaciones comerciales en que las transacciones pueden o no ser deducibles en renta. Esta representa, además, una forma fácil y rápida de realizar pagos vía internet.

Fecha de publicación: 1 de octubre de 2018
«Bancarización es otra herramienta del comercio electrónico»
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La bancarización es importante en el desenvolvimiento de la función del contador público, quien se encuentra totalmente vinculado a operaciones comerciales en que las transacciones pueden o no ser deducibles en renta. Esta representa, además, una forma fácil y rápida de realizar pagos vía internet. 

El comercio electrónico es una operación de bienes y servicios a través de medios tecnológicos y virtuales, ejecutando la misma actividad mercantil que se realiza de manera presencial, pero sin la necesidad de estar presente físicamente.  

El comercio electrónico ha seguido avanzando y se ha convertido incluso en un aliado para la administración de impuestos en cuanto al control de la circulación del dinero; dispone la ley que, para que algunos de nuestros gastos sean deducibles en renta, estos deben llevarse a cabo a través de un medio electrónico o del sistema financiero colombiano. Aquí radica la importancia, por parte del contador público, de tener precisión respecto a algunos conceptos. 

La banca electrónica  

Es un servicio prestado por entidades financieras, cuya finalidad es permitir a los clientes realizar operaciones y transacciones de forma independiente, autónoma, rápida y segura, a través de internet.  

La banca electrónica lideró el hecho de que los usuarios pudieran ver los saldos de sus cuentas a través de un medio electrónico. Este tema es importante pues debe recordarse que, cuando se hacen las transacciones en internet, uno de los principales aspectos para tener en cuenta es la forma de pago, la cual se está volviendo cada vez más puntual, es decir, las personas ya no están haciendo negocios creyendo en la palabra de otros o haciendo acuerdos de pago; de hecho, los procesos de cartera ahora están inmersos en temas de créditos, manejo por bancos, etc.  

Bancarización  

Este es un tema de gran relevancia, dado que el Gobierno nacional ha decretado que para que algunos pagos sean deducibles de renta, deben hacerse a través de un medio electrónico o mediante el sistema financiero colombiano.  

El artículo 771 – 5 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 307 de la Ley 1819 de 2016, establece que, para el reconocimiento fiscal de costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables que efectúen los contribuyentes o responsables, estos deberán realizarse mediante alguno de los siguientes medios de pago: 

  • Depósitos en cuentas bancarias.  
  • Giros o transferencias bancarias.
  • Cheques girados al primer beneficiario. 
  • Tarjetas de crédito. 
  • Tarjetas débito.  
  • Cualquier tipo de tarjetas o bonos que sirvan como medio de pago.  

A partir de lo anterior, y de acuerdo con el artículo en mención, cabe resaltar que, para el caso de los depósitos en cuentas bancarias, por ejemplo, dada la situación en que por medio de una ventanilla de un banco se consigne el valor de la factura al proveedor, se entenderá que se está dando correcto cumplimiento a lo dispuesto en la norma señalada previamente y, además, que este pago sería deducible en renta. Por su parte, al llevar a cabo el pago de nómina a través de una consignación o el giro de un cheque al trabajador, se indica, según la norma, que lo ideal es que el cheque se gire a nombre del primer beneficiario y se deje en sus egresos la traza del cheque.  Lo anterior, junto con muchos otros factores, se denomina bancarización. 

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