Mediante la presente doctrina, se concluye que el contador público puede desarrollar cualquier actividad relacionada con la ciencia contable en Colombia, indistintamente de si la entidad es de nacionalidad colombiana o extranjera.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 791
Octubre 10 de 2018
Mediante la presente doctrina, se concluye que el contador público puede desarrollar cualquier actividad relacionada con la ciencia contable en Colombia, indistintamente de si la entidad es de nacionalidad colombiana o extranjera.