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Evolución de la facturación y los cambios que debe atender el revisor fiscal

El proceso de facturación electrónica y la revisión de esta, atañe a los responsables de control interno. No obstante, como parte de la planeación del revisor fiscal en torno a su auditoría de información financiera, debe incluirse la revisión de este proceso, con el fin de reducir riesgos.

Fecha de publicación: 26 de septiembre de 2018
Evolución de la facturación y los cambios que debe atender el revisor fiscal
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El proceso de facturación electrónica y la revisión de esta, atañe a los responsables de control interno. No obstante, como parte de la planeación del revisor fiscal en torno a su auditoría de información financiera, debe incluirse la revisión de este proceso, con el fin de reducir riesgos.

El proceso de facturación electrónica, aunque es obligatorio a partir del 1 de enero de 2019 para todo el que esté en el régimen común del IVA y del INC (ver artículo 616-1 del ET), puede ser implementado desde antes de dicha fecha y de forma voluntaria por quienes no estén obligados. De hecho, es recomendable realizar el proceso antes de la fecha establecida, puesto que se requiere de una adaptación técnica y administrativa al interior de la entidad.  

Independientemente de que el software utilizado por la entidad sea el que otorga la Dian u otro, los auditores y revisores fiscales deben atender diferentes pautas al momento de encargarse de auditar los procesos relacionados con facturación. Con algunas diferencias relacionadas con lo que se venía trabajando desde hace 20 años, ahora se debe atender que: 

  • Las facturas deben tener una estampa cronológica y un número de identificación o número de código único. Si bien antes se realizaba esta identificación de forma manual, para el caso de la factura electrónica se determina un código único de factura electrónica –Cufe–, del cual se puede validar la veracidad de la factura y su fecha de generación en la página de Dian. 
  • Las facturas electrónicas también deben tener un sistema que permita planes de contingencia para cuando la caja esté bloqueada o el sistema de facturación no cargue eficientemente. 
  • Se deben validar todos los datos del tercero (operador tecnológico) que suministra el software, en cuanto a licencias y permisos para facturar (este es avalado por la Dian). 
  • Si bien el registro de la transacciones bajo Estándares Interancionales no tiene que ver con la facturación, se puede verificar el orden cronológico de las facturas electrónicas para efectos de identificar algún fraude o faltante. 

*Si desea continuar su formación en este tema, puede acceder a la conferencia completa Todo lo que debe saber el revisor fiscal sobre la factura electrónica en nuestra plataforma de actualización permanente –PAP–.