Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si a una empleada del servicio doméstico solo se le cotiza a pensión y ARL, pero no a salud porque pertenece al régimen subsidiado, en caso de presentarse una enfermedad de origen común, ¿quién debe asumir el pago?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si a una empleada del servicio doméstico solo se le cotiza a pensión y ARL, pero no a salud porque pertenece al régimen subsidiado, en caso de presentarse una enfermedad de origen común, ¿quién debe asumir el pago?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que para efectos de recibir la prestación de servicios de salud, existen dos regímenes: el contributivo y el subsidiado.
Es de anotar que si una empresa tiene un trabajador que solo se encuentra afiliado al régimen subsidiado, en caso de presentarse una incapacidad será la misma empresa la encargada de sufragar las respectivas prestaciones económicas, siempre y cuando la enfermedad sea de origen común, pues en caso contrario, es decir cuando se trata de una enfermedad laboral, será la ARL quien tenga la obligación de efectuar dichos pagos.