Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un trabajador se encuentra descansando en su casa después de haber cumplido su jornada laboral diaria, ¿puede la empresa obligarlo a que regrese a su lugar de trabajo para cubrir un turno adicional?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un trabajador se encuentra descansando en su casa después de haber cumplido su jornada laboral diaria, ¿puede la empresa obligarlo a que regrese a su lugar de trabajo para cubrir un turno adicional?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que cuando se firma un contrato de trabajo se debe pactar, entre otras cláusulas, de cuántas horas será la jornada sobre la cual el trabajador llevará a cabo sus funciones, teniendo presente que por regla general no pueden ser más de 48 horas semanales, pues así lo señala el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
Es de anotar que de manera intempestiva, el empleador puede requerir de los servicios del empleado por fuera de su horario habitual de trabajo, siempre y cuando se trate de un caso fortuito y, a su vez, no se vulneren los derechos del trabajador.