La Superintendencia de Sociedades reitera que las sociedades comerciales pueden presentar estados financieros con cortes diferentes al del 31 de diciembre, por requerimiento estatutario, sin dejar de presentar los estados financieros al 31 de diciembre de cada año. A su vez, aclara que los estados financieros intermedios no son definitivos y, por lo tanto, continúan acumulando las cifras de ingresos y gastos en general, cuyos montos por esta circunstancia no se pueden tomar como definitivos.
Superintendencia de Sociedades
Concepto 115-161533
Octubre 17 de 2018
Mediante la presente doctrina la Superintendencia de Sociedades se pronuncia frente a la preparación y presentación de los estados financieros de propósito general, con un corte diferente al 31 de diciembre.