El clúster de la ganadería tiene un alto porcentaje de informalidad, que podría tener fuertes amenazas por los controles que implementa el Gobierno nacional en materia tributaria, tales como la facturación electrónica, contabilidad según Estándares Internacionales, medios magnéticos, entre otros.
Entre las complejidades existentes en el sector de la ganadería, además de los problemas de seguridad, los cambios climáticos, la infraestructura, salubridad y precios externos, están los igualmente asfixiantes impuestos, pero la mayor incidencia podría estar en quienes ejercen esta actividad como personas naturales.
Las tecnologías de la información aplicadas para el control y fiscalización por parte de la Dian, tales como medios magnéticos, declaraciones electrónicas, bancarización y recientemente la facturación electrónica, hacen casi imposible permanecer en la oscuridad tributaria, siendo las sanciones penales por omisión de activos una fuerte amenaza a la informalidad.
Por otra parte, con la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 se incorporaron como bienes exentos del impuesto a las ventas la mayor parte del ciclo productivo de la ganadería, incluyendo los siguientes productos obtenidos de la especie bovina: animales vivos; carne fresca, refrigerada y congelada; despojos comestibles, leche y queso.
Los bienes exentos del IVA tienen varias ventajas tributarias, tales como estar gravados a la tarifa del 0 % y el derecho a la devolución bimestral aplicable a partir del 1 de enero de 2019, cuando tenga lugar la implementación de la facturación electrónica.
Igualmente, solo pueden pertenecer al régimen simplificado de IVA aquellas operaciones anuales hasta de 3.500 UVT ($116.046.000 para el año gravable 2018) lo que equivaldría a transacciones brutas mensuales de $9.671.000; tal como me dijo alguna vez un ganadero, “lo equivalente a 5 vacas mensuales”.
Para rematar, los ganaderos, como personas naturales responsables de IVA por la producción de bienes exentos, están obligados a llevar contabilidad bajo Estándares Internacionales cuando sus ventas anuales superen los 116 millones de pesos.
En el control contable de los activos biológicos, el ganado podría tener las características de propiedad, planta y equipo con derecho a depreciación si son productores (por ejemplo: el ganado lechero), o sería un activo consumible si el ganado es producido como engorde para sacrificio, en cuyo caso la presentación contable y fiscal sería como inventario.
Algunos contratos de colaboración muy utilizados en el sector, tales como las cuentas en participación, no eximen de obligaciones tributarias a los partícipes. Dicho esto, el hecho de tener un joint venture no los libera de facturar electrónicamente, llevar contabilidad y cumplir las demás obligaciones tributarias.
Finalmente, ante todos los riesgos, no solo tributarios sino propios del negocio, una opción podría ser operar este sector como persona jurídica, debido a que las personas naturales responden con el 100 % de su patrimonio. Pero se debe tener en cuenta que un campesino de las zonas más apartadas del país, con minifundios de producción ganadera, estaría lejos de acceder a sistemas complejos de contabilidad, facturación y declaración electrónica, y demás obligaciones formales. En conclusión, para acabar la economía informal se requieren propuestas innovadoras.