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¿En qué casos se debe emitir una opinión modificada?

Durante el proceso de auditoría, el profesional contable encargado tiene la posibilidad de emitir una opinión modificada cuando en el desarrollo de sus funciones surjan condiciones o situaciones que no le permitan presentar un informe con opinión favorable.

Fecha de publicación: 5 de noviembre de 2018
¿En qué casos se debe emitir una opinión modificada?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Durante el proceso de auditoría, el profesional contable encargado tiene la posibilidad de emitir una opinión modificada cuando en el desarrollo de sus funciones surjan condiciones o situaciones que no le permitan presentar un informe con opinión favorable.

Los procedimientos de auditoría desarrollados por el auditor y/o revisor fiscal se materializan con el informe en el que el profesional contable manifiesta su opinión sobre los estados financieros. Sin embargo, pueden presentarse situaciones en las que estos no están libres de incorrección material, o incluso no permiten la obtención de evidencia adecuada y suficiente para concluir con una opinión favorable.

De esta manera, la NIA 705 aborda la responsabilidad que tiene el auditor de emitir un informe cuando este considere que existe la necesidad de expresar una opinión modificada sobre los estados financieros.

Con el propósito de que profundices en los tipos de opinión modificada que se pueden emitir, las situaciones en las que se requiere estos tipos de opinión y la estructura que se debe tener en cuenta para su expresión, hemos preparado a través de la nueva Suscripción Platino la sesión de actualización: NIA 705: opinión modificada en el informe emitido por un auditor independiente.

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