El Decreto 780 de 2016 establece determinados eventos en los cuales se autoriza a las EPS a no proceder con el reconocimiento y pago de incapacidades. Entre dichos eventos se encuentran incapacidades superiores a 180 días, procedimientos estéticos, enfermedades de origen laboral, etc.
El Decreto 780 de 2016 define las situaciones frente a las cuales la EPS no está en la obligación de reconocer prestaciones económicas por concepto de incapacidad. Estas se dan cuando: