Los paraísos fiscales, actualmente denominados jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula imposición, deberán cumplir los criterios denominados por la ley, de conformidad con el artículo 260-7 del ET. Además, el Gobierno tendrá como referencia los criterios mundiales para su calificación.
Los paraísos fiscales, actualmente denominados jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula imposición, deberán cumplir los criterios denominados por la ley, de conformidad con el artículo 260-7 del ET. Además, el Gobierno tendrá como referencia los criterios mundiales para su calificación.