Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Un rentista de capital que alquila bienes inmuebles ¿debe pagar seguridad social sobre el 40 % de los ingresos brutos, o sobre la base que resulta de restar, por ejemplo, gastos por mantenimiento y reparación del bien?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Un rentista de capital que alquila bienes inmuebles ¿debe pagar seguridad social sobre el 40 % de los ingresos brutos, o sobre la base que resulta de restar, por ejemplo, gastos por mantenimiento y reparación del bien?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que los trabajadores independientes que califican como rentitas de capital deben aportar a la seguridad social, de la siguiente manera: tomando el valor recibido mensualmente, restándole las expensas que cumplen con los criterios establecidos en el artículo 107 del Estatuto Tributario, y aplicando el 40 % sobre el resultado (valor que será tomado como ingreso base de cotización para hacer los aportes al sistema integral de seguridad social, esto es: salud, pensión y ARL si es el caso).