Gustavo Cote, exdirector de la Dian, en dialogo con Actualícese opina que la devolución de una parte del IVA para las familias más necesitadas es una operación que tiene grandes complejidades que demandan una serie de respuestas. Para él, lo importante es que llegue a manos de quien lo necesita.
Gustavo Cote, exdirector de la Dian, en dialogo con Actualícese opina que la devolución de una parte del IVA para las familias más necesitadas es una operación que tiene grandes complejidades que demandan una serie de respuestas. Para él, lo importante es que llegue a manos de quien lo necesita.
Gustavo Humberto Cote Peña, exdirector de la Dian asegura que el IVA es un impuesto indirecto que castiga en forma drástica el consumo de las familias más pobres, pero que con los cambios propuestos a través del proyecto de la ley de financiamiento se está buscando restarle regresividad.
Teniendo en cuenta que el IVA es por esencia un impuesto regresivo, esta medida tendría un efecto positivo. Si se aprueba en el congreso, debería reflejarse en un menor valor de los productos, lo cual aliviaría parcialmente el alto costo del consumo general de las familias, debido a que no tendrían que asumir el impacto de la tarifa actual en el precio final de los bienes y servicios que adquieren.
Sin embargo, según la exposición de motivos del proyecto de ley, la propuesta va acompañada de la unificación de las tarifas de IVA y la eliminación de algunos bienes y servicios que se han considerado como exentos o excluidos de este gravamen, es decir, extendiéndolo a la canasta familiar. Ante las múltiples voces inconformes que se han manifestado desde diferentes sectores, es previsible que este condicionamiento no se materialice, en cuyo caso el Gobierno nacional y todos los colombianos tendrían que resignarse a continuar asumiendo una tarifa de IVA del 19 %, que con su implementación en el pasado en forma inmediata a partir de enero del 2017, y a pesar de los efectos nocivos que determinó para la economía colombiana, ya fue procesada y asimilada por los colombianos de a pie.
La devolución de una parte del recaudo por este impuesto está presentada como una justificación de la intención del Gobierno nacional de ampliar el IVA a los productos de la canasta familiar. Es decir, se plantea como una manera de restarle regresividad a este impuesto indirecto que castiga en forma drástica el consumo de las familias más pobres.
El ministro de hacienda ha manifestado que dicha devolución se haría a través de programas como Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Adulto Mayor, entre otros, y de forma anticipada a través de giro electrónico o por ventanilla en las entidades financieras. Como es apenas natural, esta es una operación que tiene grandes complejidades que demandan varias respuestas, empezando por la necesidad de garantizar su blindaje frente a las manos inescrupulosas de la corrupción, pasando por la amplia cobertura que demanda, y terminando porque llegue en forma efectiva a personas reales que integren el mundo verdadero de los más necesitados y no a los fantasmas que a lo largo y ancho del país aparecen indebidamente involucrados en el Sisbén.
Con la extensión del IVA a la canasta familiar se aspira un recaudo de 11,3 billones de pesos. De esta suma, el monto total promedio a transferir, a través de los programas sociales ascendería a 2,6 billones de pesos en 2019, con lo cual se busca beneficiar a los hogares de menores ingresos. Ante el reducido número de personas que integran las familias con los más altos ingresos, la diferencia de cerca de 9 billones de pesos sería asumida por la mayoría de la población colombiana que se encuentra integrada por la clase media. Clase media que, además, resultará afectada en forma negativa por los cambios propuestos en materia de renta para las personas naturales.
Esta es una aspiración frustrada. Cada vez que se hace una reforma tributaria, el Gobierno de turno termina dejándolo vigente por el importante monto de los recaudos que origina, aspecto que pesa mucho más que las razones técnicas que existen para justificar su eliminación. A pesar de que estimula las transacciones en efectivo, y por esta vía, la informalidad, es la razón fundamental sobre la cual se cimienta el proyecto de ley en trámite; es una opción existente para mantener los recaudos tributarios actuales, y no afectar más el presupuesto nacional.
Si se compara la tabla del impuesto para las rentas laborales de las personas naturales vigentes con la nueva que se propone para todas las rentas diferentes a dividendos, se encuentra que los niveles adicionales que se incluyen con tarifas marginales del 35 % y del 37 % corresponden a ingresos mensuales superiores a $21.704.000 y $37.411.000, respectivamente. Es decir, se establece una tributación mayor para estos montos que –hay que reconocer– corresponden a contribuyentes con ingresos bastante significativos, si se comparan con el monto promedio de ingresos que perciben la gran mayoría de la población trabajadora del país. De esta forma, se imprime una mayor progresividad al impuesto de renta y se recupera en algo la vigencia del principio de equidad vertical que debe caracterizar el sistema tributario colombiano.
Sin embargo, la presentación del proyecto de que las personas con mayores ingresos van a tributar en una mayor proporción es totalmente inexacta. Lo anterior, dado que al mantener la cédula especial de dividendos para personas naturales como está vigente, deja por fuera al reducido grupo integrado por aquellas que perciben esta clase de rentas, que, sin lugar a dudas, integran el grupo de quienes, por tener unos ingresos muy superiores, poseen una mayor capacidad contributiva. Para este “exclusivo club” se mantienen las tarifas actuales del 5 % y el 10 % que no se compadecen con las aplicables a otras clases de rentas.
Pero junto a esta propuesta no pueden perderse de vista los demás cambios que se presentan en el proyecto de ley para las personas naturales que terminan afectando no solamente a los de mayores ingresos. En el caso de los asalariados, las normas actuales limitan las rentas exentas y deducciones en un 40 %; la nueva limitación sería del 35%. Además, desaparece el monto exento del 25 % de los ingresos laborales que fue estructurado a partir de la jurisprudencia para atender el mínimo vital.
Como lo expresaba en una entrevista anterior en este medio, el problema del desempleo es muy grave en Colombia. Según el Dane, la tasa a septiembre de 2018 es del 9,5 %. El proyecto comprende una serie de concesiones para las nuevas empresas del sector naranja y para las del sector agropecuario, para las cuales se les condiciona la exención a la generación de mínimo 10 empleos. Sin embargo, para el grueso de los contribuyentes personas jurídicas que gozarían del beneficio de reducción de la tarifa, se les concede en forma automática y no se asocia con la generación de empleo. El congreso debería complementar la propuesta de forma que la menor carga tributaria no se quede simplemente en el bolsillo de los accionistas, y realmente se refleje en un aporte efectivo a la solución de esta problemática del país.