Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Según los nuevos marcos contables, ¿las inversiones en cédulas de capitalización y los títulos de devolución de impuestos clasifican como efectivo y equivalentes al efectivo?
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Según los nuevos marcos contables, ¿las inversiones en cédulas de capitalización y los títulos de devolución de impuestos clasifican como efectivo y equivalentes al efectivo?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona que para poder determinar si las cédulas de capitalización y los títulos de devolución de impuestos califican como efectivo y equivalentes al efectivo es necesario hacer la lectura de lo que abarca dicha partida de activos según lo establecido en la sección 7 del Estándar Internacional para Pymes, puntualmente lo que indica el párrafo 7.2.
Ahora bien, después de hacer la lectura de la normatividad citada, se puede concluir que las cedulas de capitalización no cumplen con los criterios para ser tratadas como una partida de efectivo y equivalentes al efectivo, pero sí los títulos de devolución de impuestos, siempre y cuando se hayan obtenido en un corto plazo.