Si una entidad detecta una equivocación en la cuenta de efectivo y equivalentes al efectivo deberá corregirlo según las indicaciones del párrafo 10.21 del Estándar para Pymes, siempre que el error sea de períodos anteriores. A continuación, se explica cómo se realiza este proceso.
Si una entidad detecta una equivocación en la cuenta de efectivo y equivalentes al efectivo deberá corregirlo según las indicaciones del párrafo 10.21 del Estándar para Pymes, siempre que el error sea de períodos anteriores. A continuación, se explica cómo se realiza este proceso.
El efectivo y sus equivalentes es una de las partidas más sensibles de los estados financieros:
Casos en que el efectivo y equivalentes no se verifica al 100 % a cada fecha de cierre:
En todo caso, si hay una diferencia entre el valor reportado en las cuentas de efectivo y equivalentes y el valor existente en monedas, billetes, divisas y otros títulos, se deberá corregir el error según lo que digan los Estándares Internacionales.
Si el error surgió en el período en curso, la corrección debe realizarse ajustando el valor de la cuenta específica y reconociendo un gasto en el estado de resultados.
No es adecuado contabilizar una cuenta por cobrar con el argumento de que estos valores serán cobrados a los empleados, a no ser que se haya llegado a un acuerdo, se hayan firmado los documentos respectivos que den vida a un activo financiero, y que la entidad tenga una expectativa razonable de que va a recaudar estos valores. Si no se cumple con lo anterior, no se debería reconocer una cuenta por cobrar.
Si la entidad detecta que los errores pertenecen a períodos anteriores, debe realizar el procedimiento establecido en el párrafo 10.21 del Estándar para Pymes:
Elaborar los estados financieros corregidos, los cuales serán presentados con los siguientes estados financieros que se emitan, como si el error nunca se hubiera cometido.