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Celebración de contrato de trabajo por medio de firma electrónica

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:

¿Se puede celebrar un contrato de trabajo mediante la utilización de la firma electrónica?

Celebración de contrato de trabajo por medio de firma electrónica
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:

¿Se puede celebrar un contrato de trabajo mediante la utilización de la firma electrónica?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que la utilización de la firma digital o electrónica es posible en la celebración de contratos laborales en el sector privado. En efecto, el Ministerio del Trabajo expidió una circular externa mediante la cual se da vía libre a su utilización. Según esa entidad, los contratos de trabajo no deben ser ajenos a las nuevas tendencias digitales. Con esta nueva herramienta buscan aumentar el nivel de productividad de las empresas, generar una movilidad más sostenible, fomentar la innovación organizacional y mejorar la calidad de vida de los trabajadores.

Para leer más sobre este tema, ir al análisis: Contratos de trabajo podrán celebrarse a través de firma electrónica