Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:
En un contrato de prestación de servicios entre personas naturales ¿es posible incluir una cláusula penal pecuniaria?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:
En un contrato de prestación de servicios entre personas naturales ¿es posible incluir una cláusula penal pecuniaria?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral señala que las cláusulas penales en un contrato son en sí mismas pecuniarias porque implican una obligación de dar o hacer.
Por ejemplo, cuando las partes en un contrato han estipulado realizar una actividad y una de ellas incumple, la que incumple deberá indemnizar a la afectada en las condiciones que hayan sido establecidas en el contrato y, si lo fijado no cubre los perjuicios ocasionados, dicha parte afectada tendrá mayores garantías para iniciar un proceso ante las autoridades competentes.
Frente al caso en cuestión, Jaimes Lúquez expresa que el establecimiento de cláusulas pecuniarias en contratos por prestación de servicios no es común, sin embargo, también señala que la norma no lo prohíbe.